La Sentencia absuelve a la persona jurídica al no concurrir los presupuestos establecidos en el art. 31 bis CP.
Fecha: 30/6/2021
Resolución: AP La Rioja de 30 de junio de 2021
Órgano: Audiencia Provincial
Tipo de Resolución: Sentencia
Delito: Delito de estafa
Fallo: Absuelve
La Sala declara que no concurren así los presupuestos establecidos en el art. 31 bis CP en la medida en la que el delito no se cometió en beneficio de la sociedad, al no incorporarse a su patrimonio las cantidades entregadas por el perjudicado.
La Sentencia absuelve a la empresa porque no concurren los requisitos del tipo penal.
Fecha: 30/11/2021
Resolución: AP Castellón de 30 de noviembre de 2021
Órgano: Audiencia Provincial
Tipo de Resolución: Sentencia
Delito: Delito contra el medio ambiente
Fallo: Absuelve
La Sentencia absuelve a la empresa al quedar probado que ha observado la normativa vigente al momento de los hechos en la materia relativa a los almacenamientos de gas natural, ni se produjo un peligro grave que como peligro concreto constituye el resultado de la acción típica, lo que determina la no concurrencia de los elementos que requiere el tipo penal.
Absuelve a la persona jurídica por falta de prueba
Fecha: 1/10/2020
Resolución: AP de Madrid de 1 de octubre de 2020
Órgano: Audiencia Provincial
Tipo de Resolución: Sentencia
Delito: Delito de estafa
Fallo: Absuelve
La Sala declara que no alcanza a formar convicción bastante, por la insuficiencia de la prueba de cargo, como la que se exige para una condena penal y, al no haberse acreditado los hechos determinantes de la acusación, el acusado Laureano y Constructora Social Onubense S.A., deben ser absueltos.
La Sala absuelve a la persona jurídica porque no se ha desvirtuado el principio de presunción de inocencia que exige que la condena penal impuesta.
Fecha: 6/11/2020
Resolución: AP Cáceres de 6 de noviembre de 2020
Órgano: Audiencia Provincial
Tipo de Resolución: Sentencia
Delito: Delito de estafa
Fallo: Absuelve
La Sala declara que del análisis de la prueba, entiende que no existe prueba suficiente de la comisión por los acusados del delito de estafa por el que se formula acusación contra los mismos.
La Sentencia absuelve a la persona jurídica porque no se ha acreditado un defecto estructural u organizativo grave.
Fecha: 4/1/2021
Resolución: AP Badajoz de 4 de enero de 2021
Órgano: Audiencia Provincial
Tipo de Resolución: Sentencia
Delito: Delito de estafa
Fallo: Absuelve
La Sentencia absuelve a la persona jurídica porque ni la Fiscalía ni la acusación particular efectúan en el plenario pregunta alguna relativa a intentar acreditar un defecto estructural u organizativo grave que pudiera haber facilitado la comisión del delito cometido por el administrador de la sociedad, se necesita probar de modo incontestable para considerar que la persona jurídica es penalmente responsable.