La Sentencia absuelve a la persona jurídica porque no se ha acreditado un defecto estructural u organizativo grave.
Fecha: 4/1/2021
Resolución: AP Badajoz de 4 de enero de 2021
Órgano: Audiencia Provincial
Tipo de Resolución: Sentencia
Delito: Delito de estafa
Fallo: Absuelve
La Sentencia absuelve a la persona jurídica porque ni la Fiscalía ni la acusación particular efectúan en el plenario pregunta alguna relativa a intentar acreditar un defecto estructural u organizativo grave que pudiera haber facilitado la comisión del delito cometido por el administrador de la sociedad, se necesita probar de modo incontestable para considerar que la persona jurídica es penalmente responsable.