La Sala absuelve a la persona jurídica porque no se ha desvirtuado el principio de presunción de inocencia que exige que la condena penal impuesta.

Fecha: 6/11/2020
Resolución: AP Cáceres de 6 de noviembre de 2020
Órgano: Audiencia Provincial
Tipo de Resolución: Sentencia
Delito: Delito de estafa
Fallo: Absuelve

La Sala declara que del análisis de la prueba, entiende que no existe prueba suficiente de la comisión por los acusados del delito de estafa por el que se formula acusación contra los mismos.

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