La sentencia absuelve a la mercantil porque el hecho de haber entrado en fase de liquidación no justifica su dilucidación en la jurisdicción penal.
Fecha: 4/1/2019
Resolución: AP Vizcaya de 4 enero de 2019
Órgano: Audiencia Provincial
Tipo de Resolución: Sentencia
Delito: Delito de estafa
Fallo: Absuelve
La sentencia absuelve a la mercantil acusada al entender que, el haber sido declarada en concurso
necesario entrando en fase de liquidación, no justifica su pretendida dilucidación en la jurisdicción penal, debiendo instarse lo que en derecho corresponda a cada parte contratante ante los juzgados de los mercantil.
La sentencia absuelve a las personas jurídicas acusadas porque en el momento comisivo no era exigible responsabilidad criminal a las personas jurídicas.
Fecha: 15/1/2019
Resolución: TS Sala 2ª de 15 enero de 2019
Órgano: Tribunal Supremo
Tipo de Resolución: Sentencia
Delito: Delito de estafa
Fallo: Absuelve
La sentencia absuelve a las personas jurídicas acusadas puesto que en el momento comisivo no era exigible responsabilidad criminal a las personas jurídicas. Dicha reforma, entró en vigor el 1 de octubre de octubre de 2004, después de que acontecieran los hechos enjuiciados que afectan a estas dos sociedades.
La sentencia condena a la sociedad acusada por su participación directa y voluntaria en la ejecución de los hechos.
Fecha: 17/1/2019
Resolución: AP Toledo de 17 enero de 2019
Órgano: Audiencia Provincial
Tipo de Resolución: Sentencia
Delito: Delito de estafa
Fallo: Condena
La sentencia condena a la sociedad acusada como criminalmente responsable en concepto de autor por su participación directa y voluntaria en la ejecución de los hechos constitutivos del referido delito, según el art.251 bis y 31 del CP.
El auto señala que los hechos son anteriores a la entrada en vigor de tal responsabilidad penal de las personas jurídicas.
Fecha: 28/1/2019
Resolución: TS Sala 2ª de 28 enero de 2019
Órgano: Tribunal Supremo
Tipo de Resolución: Auto
Delito: Delito de estafa
Fallo: No condena
El auto desestima el incidente de nulidad de actuaciones y señala que, si bien la persona jurídica fue acusada por el mecanismo del art. 31 bis del Código Penal, los hechos son anteriores a la entrada en vigor de tal responsabilidad penal de las personas jurídicas.
La sentencia confirma la condena a la persona jurídica al haber quedado probado que se actuó en su beneficio.
Fecha: 7/2/2019
Resolución: TS de 7 de febrero de 2019
Órgano: Tribunal Supremo
Tipo de Resolución: Sentencia
Delito: Delito de estafa
Fallo: Condena
La sentencia desestima el recurso interpuesto contra la sentencia que condenaba a la persona jurídica, porque encontrándonos ante uno de los delitos del artículo 31 bis 1. a) del Código Penal, ha quedado probado que se actuó y en su beneficio se llevaron a cabo los actos engañosos y la obtención de lucro; asimismo, no se alega por la recurrente la concurrencia de un supuesto de los de exención de responsabilidad de la persona jurídica a que se refiere el artículo 31 bis en sus apartados 2 y 3.