No se condena a la persona jurídica acusada porque los hechos son anteriores a la entrada en vigor de tal responsabilidad penal de las personas jurídicas.

Fecha: 30/11/2018
Resolución: TS Sala 2ª de 30 noviembre de 2018
Órgano: Tribunal Supremo
Tipo de Resolución: Sentencia
Delito: Delito de estafa
Fallo: No condena

La sentencia desestima el recurso de casación interpuesto por la acusación particular, señalando que no se hace mención en el fallo sobre la persona jurídica acusada por el mecanismo del art. 31 bis del Código Penal, pues los hechos son anteriores a la entrada en vigor de tal responsabilidad penal de las personas jurídicas.

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