La sentencia excluye del pronunciamiento condenatorio contra la persona jurídica la pena de disolución que se le imponía, manteniendo la multa con la finalidad de preservar los
puestos de trabajo de la misma, manteniendo el resto de los pronunciamientos de la Resolución de instancia.
Fecha: 29/2/2016
Resolución: TS Sala 2ª de 29 febrero de 2016
Órgano: Tribunal Supremo
Tipo de Resolución: Sentencia
Delito: Delito contra la salud pública
Fallo: Condena
La sentencia excluye del pronunciamiento condenatorio contra la persona jurídica imputada la pena de disolución que se le imponía, manteniendo la multa, para evitar una respuesta desproporcionada entre la suma total de las multas y la gravedad de los hechos. Apunta la sentencia que la acreditada ausencia absoluta de instrumentos para la prevención de delitos en la sociedad hace que, como consecuencia de la infracción contra la salud pública cometida por sus representantes, surja la responsabilidad penal para esta persona jurídica.