La sentencia declara que no tiene alcance la queja expuesta sobre la absolución de la persona jurídica, puesto que la responsabilidad penal de la persona jurídica es vicarial.
Fecha: 25/10/2018
Resolución: TS Sala 2ª de 25 octubre de 2018
Órgano: Tribunal Supremo
Tipo de Resolución: Sentencia
Delito: Delito de estafa procesal
Fallo: No condena
La sentencia desestima el recurso interpuesto por la acusación particular contra la sentencia que absolvía a los acusados (dos personas físicas y una jurídica), al entender que la responsabilidad penal de la persona jurídica es vicarial; por lo que no siendo declarada probada la antijuricidad de la conducta de la persona física, la de la jurídica deba mantener la misma solución.