La sentencia declara no haber lugar al recurso de casación al consisderar que los compartamientos de la persona física no se realizaron en beneficio directo o indirecto de la sociedad.
Fecha: 21/6/2017
Resolución: TS Sala 2ª de 21 de junio de 2017
Órgano: Tribunal Supremo
Tipo de Resolución: Sentencia
Delito: Delito de malversación
Fallo: No condena
La sentencia declara no haber lugar al recurso de casación interpuesto por el el recurrente que invocaba la inaplicación del artículo 31 bis del CP por haber sido condenado como autor del delito «sin que se haya condenado a la persona jurídica». La sala resuelve que los comportamientos de la persona física (acusado), no se realizaron en beneficio directo o indirecto de la sociedad, como exige el artículo 31 bis del CP, sino, en todo caso, en su perjuicio.