El Tribunal Supremo revoca la sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona, y absuelve a las personas jurídicas al considerarlas «sociedades pantalla».

Fecha: 5/11/2020
Resolución: TS de 5 de noviembre de 2020
Órgano: Tribunal Supremo
Tipo de Resolución: Sentencia
Delito: Delito de estafa
Fallo: Absuelve

El Tribunal Supremo absuelve a las personas juridicas al considerar que las empresas acusadas carecen de sustrato real no consta actividad, infraestructura o patrimonio de las mismas, solo que fueron creadas o adquiridas para el buen éxito del plan criminal urdido, utilizadas como instrumentos del delito y en aras a dificultar la investigación de la actividad criminal.

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