La sentencia señala que de haber existido un adecuado programa de cumplimiento normativo, casos como el aquí ocurrido se darían con mayor dificultad.
Fecha: 18/7/2018
Resolución: TS de 18 de julio de 2018
Órgano: Tribunal Supremo
Tipo de Resolución: Sentencia
Delito: Delito de apropiación indebida
Fallo: No condena
La sentencia declara no haber lugar al recurso de casación interpuesto contra la sentencia que condenaba al acusado (persona física), y señala que una buena praxis corporativa en la empresa es la de implementar estos programas de cumplimiento normativo que garanticen que este tipo de hechos no se cometan, o dificulten las acciones continuadas de distracción de dinero, que un buen programa de cumplimiento normativo hubiera detectado de inmediato.