La sentencia rectifica las penas pecuniarias impuestas a las personas jurídicas en la sentencia de instancia ya que no se razonaba de forma cumplida porqué se acudía a cuantías superiores al mínimo.

Fecha: 19/7/2017
Resolución: TS Sala 2ª de 19 julio de 2017
Órgano: Tribunal Supremo
Tipo de Resolución: Sentencia
Delito: Delito de blanqueo de capitales
Fallo: Condena

La sentencia mantiene la condena de las personas jurídicas, al haber quedado acreditado todos los elementos necesarios para que surja la responsabilidad penal de una persona jurídica, pero rectifica las penas pecuniarias ajustando la penalidad a los criterios del art. 66 bis CP.

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