La sentencia declara no haber lugar al recurso de casación contra la sentencia que absolvió a la persona jurídica por la ausencia argumentativa encaminada a hacer valer una base fáctica.

Fecha: 11/10/2017
Resolución: TS Sala 2ª de 11 de octubre de 2017
Órgano: Tribunal Supremo
Tipo de Resolución: Sentencia
Delito: Delito contra el medio ambiente
Fallo: No condena

La sentencia declara no haber lugar al recurso de casación interpuesto por la acusación particular contra la sentencia que absolvió a la persona jurídica, al considerar que se ha negado la existencia de un litis consorcio pasivo necesario entre la persona jurídica y la persona física, recordando la autonomía de la responsabilidad de la persona jurídica frente a la que es predicable del directivo o empleado que comete el delito de referencia.

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