La sentencia confirma la condena a la persona jurídica al haber quedado probado que se actuó en su beneficio.

Fecha: 7/2/2019
Resolución: TS de 7 de febrero de 2019
Órgano: Tribunal Supremo
Tipo de Resolución: Sentencia
Delito: Delito de estafa
Fallo: Condena

La sentencia desestima el recurso interpuesto contra la sentencia que condenaba a la persona jurídica, porque encontrándonos ante uno de los delitos del artículo 31 bis 1. a) del Código Penal, ha quedado probado que se actuó y en su beneficio se llevaron a cabo los actos engañosos y la obtención de lucro; asimismo, no se alega por la recurrente la concurrencia de un supuesto de los de exención de responsabilidad de la persona jurídica a que se refiere el artículo 31 bis en sus apartados 2 y 3.

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