La sentencia condena a la persona jurídica en virtud de lo establecido en el artículo 31.1 bis del CP vigente en el momento de producirse los hechos.
Fecha: 1/12/2016
Resolución: AP Zaragoza, sec. 3ª de 1 de diciembre de 2016
Órgano: Audiencia Provincial
Tipo de Resolución: Sentencia
Delito: Delito de estafa
Fallo: Condena
La sentencia condena a la persona jurídica imputada en virtud de lo establecido en el artículo 31.1 bis del Código Penal vigente, en el momento de acaecimiento de los eventos que han dado lugar a la causa enjuiciada y anterior a la reforma introducida por la L.O. 1/2015 de 30 de marzo.