La sentencia, conforme lo dispuesto en el art. 318 del CP que se remite a al art. 129 de su texto, acuerda la suspensión de las actividades y la clausura de la persona jurídica durante el plazo de 2 años.

Fecha: 29/9/2017
Resolución: AP Oviedo, sec. 3ª, S 29 de septiembre de 2017
Órgano: Audiencia Provincial
Tipo de Resolución: Sentencia
Delito: Delito contra el derecho de los trabajadores
Fallo: Condena

La sentencia acuerda la suspensión de actividades y clausura del club por tiempo de dos años debido a la gravedad de los hechos representados por el número de trabajadoras no afiliadas que supera sensiblemente el 50% y la afectación de los bienes jurídicos protegidos demostrativos de la peligrosidad de los acusados.

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