La sentencia desestima el recurso de apelación y confirma la absolución de las personas jurídicas del delito contra la seguridad de los trabajadores, y de lesiones imprudentes por los que se les acusaba.

Fecha: 3/12/2019
Resolución: AP Madrid de 3 diciembre de 2019
Órgano: Audiencia Provincial
Tipo de Resolución: Sentencia
Delito: Delitos contra la seguridad de los trabajadores, y de lesiones imprudentes
Fallo: Absuelve

La sentencia declara que el delito contra la seguridad de los trabajadores del artículo 316, ni el del artículo 318 del Código Penal es susceptible de condena por la comisión por personas jurídicas. Añade que nunca cabría la condena como responsables penales de las entidades acusadas, y solo cabría su condena como responsables civiles subsidiarias como consecuencia del posible delito contra la seguridad de los trabajadores o del delito de lesiones imprudentes de condenarse a una persona física por alguno de esos delitos y de concurrir algún supuesto de responsabilidad civil subsidiariaexartículo 120 del Código Penal.

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