Sentencia – AP Madrid de 10 diciembre de 2019 – Fallo: Absuelve

La sentencia absuelve a la persona jurídica imputada al tratarse de una pequeña entidad sin que las acusaciones hayan demostrado lo contrario.

Fecha: 10/12/2019
Resolución: AP Madrid de 10 diciembre de 2019
Órgano: Audiencia Provincial
Tipo de Resolución: Sentencia
Delito: Delito de estafa
Fallo: Absuelve

 La sala decreta su absolución derivada de la inexistencia de delito corporativo por la inimputabilidad de la persona jurídica, al tratarse de una pequeña entidad sin que las acusaciones hayan demostrado lo contrario, añadiendo que carece de sentido exigirle como sociedad la cultura de respeto a la norma que está en la base del delito corporativo, con confusión entre sujeto activo y sociedad e imposibilidad congénita de ponderar la existencia de mecanismos internos de control.

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Sentencia – AP A Coruña de 7 junio de 2019 – Fallo: Condena

La sentencia condena al administrador único y a la mercantil acusada de un delito continuado de estafa.

Fecha: 7/6/2019
Resolución: AP A Coruña de 7 junio de 2019
Órgano: Audiencia Provincial
Tipo de Resolución: Sentencia
Delito: Delito de estafa
Fallo: Condena

La sentencia condena al administrador único y a la mercantil acusada de un delito continuado de estafa al quedar probado que el administrador único no envió al perjudicado los vehículos supuestamente adquiridos ni la documentación de los mismos, apropiándose definitivamente de las cantidades transferidas por la sociedad perjudicada a la persona jurídica acusada.

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Sentencia – AP León de 11 julio de 2019 – Fallo: Absuelve

La sentencia absuelve a la persona jurídica del delito de estafa imputado.

Fecha: 11/7/2019
Resolución: AP León de 11 julio de 2019
Órgano: Audiencia Provincial
Tipo de Resolución: Sentencia
Delito: Delito de estafa
Fallo: Absuelve

La sentencia absuelve a la persona jurídica del delito de estafa imputado al declarar que, para poder condenar penalmente a una persona jurídica en estos supuestos, el principio de seguridad jurídica impone la práctica de pruebas, y en este caso, no se practicó prueba que acredite que la actuación del administrador de la sociedad hubiese actuado con imprudencia a la hora de no vigilar o controlar o supervisar las operaciones del acusado como comercial externo, ni que hubiera habido un defecto de organización.

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Sentencia – AP Lleida de 2 septiembre de 2019 – Fallo: Condena

Condena a la persona jurídica como autora criminalmente responsable de un delito contra el medio ambiente.

Fecha: 2/9/2019
Resolución: AP Lleida de 2 septiembre de 2019
Órgano: Audiencia Provincial
Tipo de Resolución: Sentencia
Delito: Delito contra el medio ambiente
Fallo: Condena

La sentencia condena a la persona jurídica a la pena de multa de 14.000 euros, suspensión de sus actividades por tiempo de un año, clausura de la granja por un año y prohibición de realizar actividad ganadera por tiempo de un año, por cuanto se trataba de la sociedad administrada por el acusado, a través de la cual se facturaba la actividad ganadera desarrollada en la granja, actividad que redundaba en beneficio de la mercantil, siendo a través de dicha actividad que se produjo el vertido de purines contaminante.

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Sentencia – AP Barcelona de 9 septiembre de 2019 – Fallo: Condena

Desestima el recurso interpuesto por la persona jurídica frente a la sentencia que la condenaba en concepto de autora de un delito contra la Hacienda Pública, a la pena de multa de 400.000 euros y la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas y del derecho a gozar de beneficios o incentivos fiscales o de la Seguridad Social durante un periodo de dos años y tres meses.

Fecha: 9/9/2019
Resolución: AP Barcelona de 9 septiembre de 2019
Órgano: Audiencia Provincial
Tipo de Resolución: Sentencia
Delito: Delito contra la Hacienda Pública
Fallo: Condena

La Sala mantiene la condena de la persona jurídica al declarar que era la sociedad la persona obligada tributaria y que, por tanto, con el impago del IVA en el ejercicio de 2011, fue dicha sociedad la primera y directa beneficiaria al obtener un ingreso en su patrimonio que no era debido. Ello, con independencia de lo que hicieran las personas físicas ejecutivas del plan defraudatorio con posterioridad, es suficiente para integrar el presupuesto referido y exigido en el artículo 31 bis del Código Penal.

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