El auto señala que los hechos son anteriores a la entrada en vigor de tal responsabilidad penal de las personas jurídicas.

Fecha: 28/1/2019
Resolución: TS Sala 2ª de 28 enero de 2019
Órgano: Tribunal Supremo
Tipo de Resolución: Auto
Delito: Delito de estafa
Fallo: No condena

El auto desestima el incidente de nulidad de actuaciones y señala que, si bien la persona jurídica fue acusada por el mecanismo del art. 31 bis del Código Penal, los hechos son anteriores a la entrada en vigor de tal responsabilidad penal de las personas jurídicas.

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