Auto – TS Sala 2ª de 28 enero de 2019 – Fallo: No condena

El auto señala que los hechos son anteriores a la entrada en vigor de tal responsabilidad penal de las personas jurídicas.

Fecha: 28/1/2019
Resolución: TS Sala 2ª de 28 enero de 2019
Órgano: Tribunal Supremo
Tipo de Resolución: Auto
Delito: Delito de estafa
Fallo: No condena

El auto desestima el incidente de nulidad de actuaciones y señala que, si bien la persona jurídica fue acusada por el mecanismo del art. 31 bis del Código Penal, los hechos son anteriores a la entrada en vigor de tal responsabilidad penal de las personas jurídicas.

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Auto – TS de 23 de noviembre de 2017 – Fallo: No condena

El auto señala que la Sala de instancia no pudo condenar a la persona jurídica porque no se formuló escrito de acusación contra la misma.

Fecha: 23/11/2017
Resolución: TS de 23 de noviembre de 2017
Órgano: Tribunal Supremo
Tipo de Resolución: Auto
Delito: Delito de estafa
Fallo: No condena

El auto declara no haber lugar al recurso de casación planteado por indebida inaplicación de los artículos 31 bis, argumentando que la Sala de instancia no pudo condenar a la persona jurídica puesto que no se formuló escrito de acusación contra la misma, y por ende, no compareció en juicio bajo la condición de acusada.

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Auto – AP Madrid de 28 de junio de 2017 – Fallo: No condena

El auto deja sin efecto la continuación del procedimiento respecto a la entidad financiera como investigada al no estar legalmente previsto que pueda ser sujeto activo del delito imputado

Fecha: 28/6/2017
Resolución: AP Madrid de 28 de junio de 2017
Órgano: Audiencia Provincial
Tipo de Resolución: Auto
Delito: Delito de apropiación indebida
Fallo: No condena

El auto revoca parcialmente la resolución, en el sentido de dejar sin efecto la continuación del procedimiento respecto a Bankia S.A. como investigada, pues, conforme a lo establecido en el artículo 31 bis del Código Penal y en la Sección 2 ª y 2ª bis del capítulo VI del Título XIII del libro II del citado Código , tanto el delito de administración desleal como el delito de apropiación indebida no pueden cometerse por personas jurídicas.

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